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unión de hecho es domestic partnership en

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Definición

Reconocimiento legal o personal de una unión comprometida, similar al matrimonio, normalmente de pareja, en la que los miembros son de cualquier sexo.
Tipo de término: Concepto

Referencias bibliográficas

  1. Espinoza Collao, Álvaro Daniel (Autor), "La juridificación de las uniones de hecho y la propuesta valórica contenida en el proyecto legislativo de Acuerdo de Vida en Pareja en Chile", en "Ius et Praxis", vol. 21, N°. 1, Talca, 2015, p. 102.
  2. Rodríguez, María Sara (Autor), "El acuerdo de unión civil en Chile. Aciertos y desaciertos", en "Ius et Praxis", vol. 24, N°. 2, Talca, 2018, p. 140.
  3. Turner Saelzer, Susan (Autor), "La unión de hecho como institución del derecho de familia y su régimen de efectos personales", en "Ius et Praxis", vol. 16, N°. 1, Talca, 2010, p. 87.

Términos alternativos

pareja de hecho

  1. Espada Mallorquín, Susana (Autor), "El reconocimiento de derecho sucesorios a las parejas de hecho en España", en "Revista chilena de derecho privado", N°. 12, Santiago de Chile, 2009, p. 9.
  2. Espinoza Collao, Álvaro Daniel (Autor), "La juridificación de las uniones de hecho y la propuesta valórica contenida en el proyecto legislativo de Acuerdo de Vida en Pareja en Chile", en "Ius et Praxis", vol. 21, N°. 1, Talca, 2015, p. 102.
  3. Turner Saelzer, Susan (Autor), "La unión de hecho como institución del derecho de familia y su régimen de efectos personales", en "Ius et Praxis", vol. 16, N°. 1, Talca, 2010, p. 89.

Ubicación jerarquía