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corte (cuerpo judicial) es courts (judicial bodies) en

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Definición

Órganos de gobierno pertenecientes al poder judicial establecidos por estatutos para escuchar casos, peticiones y otras causas y administrar justicia públicamente tanto a militares, eclesiasticos o relacionados con el derecho común del país.
Tipo de término: Concepto

Referencias bibliográficas

  1. Moliner, María, "Diccionario de uso del Español", vol. 2, Gredos S.A., España, Madrid, 2004, p. I:785

Términos alternativos

cortes (cuerpo judicial)

  1. "Comité, Plural del término en singular"

tribunal (cuerpo judicial)

  1. Orellana, Marina, "Glosario Internacional para el traductor", Editorial Universitaria S.A., Chile, Santiago, 1990, p. 73

Ubicación jerarquía