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Definición
Órdenes escritas giradas por una de las partes, ordenando a una segunda parte pagar una suma de dinero específica a una tercera parte (que puede ser la primera parte); usualmente restringido a transacciones domésticas. Para ordenes de pago similares usadas para transacciones internacionales, prefiera "letra de cambio".
Tipo de término: Concepto
Referencias bibliográficas
- Moliner, María, "Diccionario de uso del Español", vol. 2, Gredos S.A., España, Madrid, 2004, p. I:1395
Términos alternativos
giros (valor negociable)
- "Comité, Plural del término en singular"
