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Definición
Designa una región silvestre e inculta que permanece en estado natural sin ningún control o interferencia humana; se distingue de “reserva natural”, en donde las comunidades de plantas y animales está protegidas y controladas; también se distingue de “wilderness areas”, las cuales son tierras donde el crecimiento natural se encuentra protegido mediante legislación, y las actividades recreativas y el uso industrial están restringidos.
Tipo de término: Concepto
Referencias bibliográficas
- Moliner, María, "Diccionario de uso del Español", vol. 2, Gredos S.A., España, Madrid, 2004, p. 580
Términos alternativos
parques naturales
- "Comité, Plural del término en singular"
