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Definición
Registros que documentan la separación legal de marido y mujer, por sentencia o decreto de una corte, y significando la disolución total del vínculo marital o su suspensión en lo referente a la cohabitación de las partes.
Tipo de término: Concepto
Referencias bibliográficas
- S/A, "Diccionario Enciclopédico Ilustrado", Ramón Sopena, España, 1981, p. 4:3183
Términos alternativos
partidas de divorcio
- "Comité, Plural del término en singular"
