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Definición
Historicamente, se refiere a áreas silvestres fuera de la mira de la ley común pero dentro de la legislación de reyes y reservadas para actividades reales; más recientemente, usado para designar áreas maderables extensas, donde se mantiene para la producción de madera de construcción o no manejada y preservando una zona de crecimiento denso y habitadas por animales silvestres.
Tipo de término: Concepto
Referencias bibliográficas
- George, Pierre, "Diccionario Akal de Geografía", Ediciones Akal, 1991, p. 71
- Moliner, María, "Diccionario de uso del Español", vol. 2, Gredos S.A., España, Madrid, 2004, p. 403
Términos alternativos
bosques
- "Comité, Plural del término en singular"
